Ordenanzas

Ordenanza Nº2466-2025

Publicado el 5 febrero, 2026

Municipalidad de Orán

RESOLUCIÓN N° 2025

San Ramón de la Nueva Orán, 18 DIC 2025

VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 232/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 550.634-203-2025 de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que se insta al Departamento Ejecutivo Municipal a que, a través del área que corresponda, realice tareas de mejoramiento integral en el acceso norte de la ciudad, incluyendo:

  • Reparación, recuperación y mantenimiento de ciclovías.
  • Señalización y embellecimiento del entorno urbano.
  • Relevamiento y reparación de la Avenida San Martín en su extensión, calle Sarmiento y Máximo Nogués, debido al estado deplorable del asfalto por el ingreso y egreso de camiones y colectivos.
  • Nivelación y compactación de la calle San Luis en toda su extensión.

Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo;

Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;

Por ello, en uso de sus facultades legales conferidas por la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°.- PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 232/2025, como ORDENANZA N° 2466/2025.

Art. 2°.- REMÍTASE copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.

Art. 3°.- ARCHÍVESE copia de la presente en: a) Secretaría de Gobierno; b) Secretaría de Hacienda; c) Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; d) Secretaría de Infraestructura; y e) Secretaría de GIRSU; para conocimiento y efectos correspondientes.

Art. 4°.- COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.


Honorable Concejo Deliberante "Héroes de la Nación Argentina" (Ley Provincial N°7389)

Municipalidad de Orán

Hipólito Yrigoyen N° 659

Proyecto – Expte. N° 232/2025.-

Autora: Concejal Alejandra Josefina Pato (B/UCR).- Adherentes: Concejales Héctor Javier Antelo, Alexandra Patricia Velázquez, Griselda Carolina Choque (B/UCR).-

ORDENANZA – Expte. N° 232/2025.-

VISTO el deterioro visible en el acceso norte de nuestra ciudad, el estado actual de sus calles y ciclovías, así como el abandono de espacios públicos relevantes como la Plaza Juan Domingo Perón, ubicada entre calle Sarmiento y Máximo Nogués; y

CONSIDERANDO:

QUE es deber del Estado Municipal mantener y mejorar la infraestructura urbana, especialmente en zonas de alto tránsito y uso comunitario.

QUE el acceso norte constituye una vía fundamental de ingreso a la ciudad y debe contar con condiciones adecuadas de seguridad, limpieza y estética.

QUE las aceras y ciclovías se encuentran en condiciones deplorables, lo que dificulta el tránsito peatonal y ciclista, y representa un riesgo para los vecinos y vecinas.

QUE la Plaza Juan Domingo Perón, como espacio verde de uso público, requiere intervención urgente para su embellecimiento, mantenimiento y puesta en valor.

QUE es necesario promover la ecologización urbana y el desarrollo de espacios públicos inclusivos y seguros.

POR ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, ORDENA:

Art. 1°: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, realice tareas de mejoramiento integral en el acceso norte de la ciudad, incluyendo:

  • Reparación, recuperación y mantenimiento de ciclovías.
  • Señalización y embellecimiento del entorno urbano.
  • Relevamiento y reparación de la Avenida San Martín en su extensión, calle Sarmiento y Máximo Nogués, debido al estado deplorable del asfalto por el ingreso y egreso de camiones y colectivos.
  • Nivelación y compactación de la calle San Luis en toda su extensión.

Art. 2°: Inclúyase un plan de ecologización mediante la plantación de arbolado, incorporación de plantas nativas y mobiliario urbano acorde a las necesidades del lugar.

Art. 3°: Solicítese la recuperación integral de la Plaza Juan Domingo Perón, ubicada entre calle Sarmiento y Máximo Nogués, incluyendo tareas de limpieza, arreglo de senderos, iluminación, instalación de juegos infantiles, mobiliario urbano y embellecimiento.

Art. 4°: Los gastos que demande la presente Ordenanza serán imputados al presupuesto general vigente.

Art. 5°: Las acciones mencionadas deberán abarcar la totalidad del tramo comprendido dentro del ejido municipal.

Art. 6°: Cúrsense copias con Visto y Considerandos al Departamento Ejecutivo Municipal y a los medios de comunicación.

Art. 7°: Comuníquese, publíquese, archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.