Publicado el 5 febrero, 2026
San Ramón de la Nueva Orán, 16 de diciembre de 2025.
VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 160/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 551.391-203-2025 de esta Municipalidad; y
Que se crea el Espacio Oran Coworking como un espacio de cotrabajo municipal, para trabajadores y emprendedores independientes, para el desarrollo de sus actividades profesionales y empresariales, el cual será un espacio laboral y un sistema innovador que ofrece a emprendedores y profesionales la posibilidad de tener un lugar donde trabajar y formar parte de una comunidad, basada en fomentar espacios comunes y colaborativos que permitan el desarrollo del desempeño laboral de los emprendimientos locales. Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo; Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma; Por ello, en uso de sus facultades legales, Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal;
Art. 1°: PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 160/2025, como ORDENANZA N° 2464/2025. Art. 2°: REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad. Art. 3°: CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; Secretaría de Infraestructura; y Secretaría de GIRSU, para conocimiento y efectos correspondientes. Art. 4°: COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.
Autores: Concejales Sabrina Ariadna Gomila Aguirre, Carlos Alberto Suárez, Adriana Carolina Guantay, Mirta Edit Copes, Bloque "La Libertad Avanza".
VISTO la importancia de promover un espacio de trabajo colaborativo para compartir las herramientas de infraestructura y de tecnología que los emprendedores necesitan y no siempre tienen disponibles, en particular cuando el emprendimiento está en sus primeras etapas de inicio y desarrollo, con el objetivo de impulsar transformaciones económicas, productivas y sociales en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán; y
Que nuestra Constitución Provincial establece en su Artículo 76: DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL. Los poderes públicos: Realizan una política orientada al pleno empleo; Fomentan la producción agraria y su desarrollo tecnológico; Estabilizan la población rural y procuran su acceso a la propiedad; Estimulan la industrialización de la Provincia promoviendo, preferentemente, la transformación de las materias primas en el ámbito de aquélla y la radicación de capitales y tecnología; Promueven la obtención de nuevos mercados nacionales o internacionales, para los productos locales; Elaboran planes de colonización de tierras en función de su mayor aprovechamiento económico y social. Que nuestra Carta Orgánica Municipal, Ley 6571/89, establece en su PREÁMBULO los principios de desarrollo de la comunidad cuando expresa: "Establezca el derecho y el deber de trabajar y su justa dignificación; estimule la iniciativa privada, la producción y cogestión; procure la equitativa distribución de la riqueza, el desarrollo económico en un orden justo, solidario, libre e igualitario; y promueva la integración regional y latinoamericana". Que en nuestra ciudad de Orán van surgiendo emprendedores que inician una actividad con un gran esfuerzo y con recursos muy limitados, por lo que disponer de un lugar para oficina, sala de reuniones, equipado con herramientas tecnológicas que faciliten el trabajo y le proporcionen la conectividad necesaria para el desarrollo de un negocio es una necesidad crítica para el emprendedor. Que la casa o un establecimiento gastronómico no resulta práctico ni productivo para realizar reuniones de trabajo, desarrollar tareas laborales que requieren un espacio tranquilo, en silencio, conectado y sin distracciones, a la vez que el costo de mantenimiento de una oficina puede incrementar los gastos significativamente complicando la situación económica del emprendimiento innecesariamente. Que el Coworking supone desempeñar la actividad laboral en un espacio comunitario y multidisciplinar, potencia las interrelaciones personales desde el aprendizaje colaborativo, conversando y colaborando para desarrollar una inteligencia colectiva y diversa que acompañe hacia la interpretación de una realidad laboral compleja, promueve el intercambio de ideas y propicia la posibilidad de encontrar socios, clientes y proveedores para los emprendimientos. Que en un espacio colaborativo y compartido se aprovechan las sinergias que dan origen a colaboraciones, se traspasan contactos y clientes, y se intercambian experiencias y consejos. Que resulta fundamental que las ciudades desarrollen sus estrategias y se posicionen en torno a las nuevas tecnologías y modalidades de trabajo para aprovechar las oportunidades que ofrecen los sectores tecnológicos y de infraestructura pública y, en este sentido, será una ventaja para la ciudad de Orán contar con un espacio de trabajo compartido que facilite el desarrollo de emprendimientos locales que, a la vez, promoverán desarrollo económico, laboral y de empleo local en beneficio de los vecinos de la ciudad.
ART. 1°: CREACIÓN. Crear el ESPACIO ORAN COWORKING como un espacio de cotrabajo municipal, para trabajadores y emprendedores independientes, para el desarrollo de sus actividades profesionales y empresariales, el cual será un espacio laboral y un sistema innovador que ofrece a emprendedores y profesionales la posibilidad de tener un lugar donde trabajar y formar parte de una comunidad, basada en fomentar espacios comunes y colaborativos que permitan el desarrollo del desempeño laboral de los emprendimientos locales.
ART. 2°: REGLAMENTACIÓN. El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará esta Ordenanza una vez promulgada y publicada en el Boletín Municipal. Regúlese y reglaméntese el uso y la administración del Espacio de Coworking, atendiendo a los principios de Colaboración, Espacio compartido, Comunidad de trabajo, Sostenibilidad y Apertura a todos los emprendedores y profesionales que requieran el uso de un espacio y de las instalaciones y tecnología con el que está equipado, para el desarrollo de su actividad empresarial y laboral.
ART. 3°: CARACTERÍSTICAS. El espacio físico, bajo el ámbito municipal y de carácter público, apropiado para el desarrollo de las actividades en el Espacio de Cotrabajo, contará con los siguientes ambientes: a) Espacio Común; b) Espacios Individuales no aislados (box); c) Espacio Social; d) Sala de Reuniones; e) Dependencias sanitarias y cocina; f) Espacio al aire libre de ser posible. Los mismos estarán amoblados al efecto y contarán con todos los servicios básicos y acceso a internet.
ART. 4°: COMPENSACIÓN. Considérese que, dentro de los requisitos establecidos por la presente y la reglamentación para el acceso a las instalaciones del Espacio de Cotrabajo, los vecinos emprendedores y profesionales que hagan uso de sus dependencias deberán realizar a modo de contraprestación el dictado de 8 (ocho) horas en el año de charlas o capacitaciones gratuitas a vecinos, aportando desde su área, especialidad o experiencia emprendedora, coordinado en la organización con el Departamento Ejecutivo Municipal.
ART. 5°: AUTORIDAD DE APLICACIÓN. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza la Secretaría de Asuntos Legales y Modernización de la Municipalidad de Orán o el área que en el futuro la reemplace.
ART. 6°: CONVENIOS. Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con entidades tales como: escuelas y universidades, UPATECO, colegios profesionales, empresas, asociaciones civiles, entre otras, a los fines de generar instancias de colaboración, apoyo y asistencia técnica en el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del ESPACIO ORAN COWORKING.
ART. 7°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer de partidas presupuestarias necesarias para la implementación de esta Ordenanza y a imputar los gastos que demande al presupuesto vigente.
ART. 8°: Cursar copias con VISTO y CONSIDERANDOS al Departamento Ejecutivo Municipal, al Secretario de Asuntos Legales y Modernización de la Municipalidad de Orán y medios de comunicación.
ART. 9°: Comuníquese. Publíquese. Archívese.
