Ordenanzas

Ordenanza Nº2448-2025

Publicado el 5 febrero, 2026

Municipalidad de Orán

RESOLUCIÓN N° 1637/2025

San Ramón de la Nueva Orán, 26 NOV 2025

VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 248/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 554.978-203-2025 de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que se institucionalicen y declárense firmemente como símbolos del Municipio de San Ramón de la Nueva Orán, a los descriptos en los artículos subsiguientes de esta Ordenanza: el “Nombre Oficial”, la “Fecha Fundacional”, los “Santos Patronos Municipales”, la “Bandera”, los “Escudos Municipales” y el “Himno Municipal”.

Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo;

Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;

Por ello, en uso de sus facultades legales, la Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE

Art. 1°.- PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 248/2025, como ORDENANZA N° 2448/2025.

Art. 2°.- REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.

Cont. Resolución N° 1637/2025.-

Art. 3°.- CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda, Secretaría de Asuntos Legales y Modernización, Secretaría de Infraestructura y Secretaría de GIRSU, para conocimiento y efectos correspondientes.

Art. 4°.- COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.


ORDENANZA – Expte. N° 248/2025.-

VISTO la necesidad de fortalecer la identidad local de la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, promoviendo el conocimiento, el respeto y la valoración de su historia, cultura, patrimonio y símbolos identitarios, como herramienta fundamental para consolidar la participación ciudadana y el desarrollo sostenible; y

CONSIDERANDO:

QUE, en su obra "Derecho Municipal", Antonio María Hernández cita al sociólogo e historiador Lewis Mumford, quien conceptualiza a la ciudad como el punto de concentración máxima del poder y la cultura de una comunidad, un símbolo de relación social integrada.

QUE, según establece el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 10.302/44, el Escudo, la Bandera y el Himno son símbolos de la soberanía de la Nación.

QUE la Ordenanza Municipal N° 1.709/2010 (promulgada como N° 1755/2011) llamó a un Concurso Abierto de Ideas para la creación de la Bandera Oficial, y la Ordenanza N° 2.062/2018 adoptó la bandera seleccionada, definiendo sus colores y simbolismo.

QUE el Primer Escudo de Armas, autorizado por Cédula Real, fue adoptado por los habitantes de la ciudad en 1798, y su descripción se conserva.

QUE por Ordenanza N° 439/89 se revocó la donación del Escudo de Armas a la Biblioteca Provincial de Salta.

QUE Orán tiene su himno, cuyo autor es Luis Clemente D'Jallad Ortiz (1922-2008).

QUE, en 1794, el gobernador intendente de Salta del Tucumán, Don Ramón García de León y Pizarro, fundó la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán.

QUE el fundador, nacido en Orán (África), dio este nombre a la nueva ciudad en América, y al ser fundada el día de San Ramón Nonato, se eligió a este santo como patrono.

QUE la identidad municipal constituye el conjunto de valores, tradiciones, historia, símbolos y patrimonio que distinguen a una comunidad.

QUE San Ramón de la Nueva Orán posee una rica historia que merece ser conocida y preservada.

QUE la identidad municipal es fundamental para la educación, cultura, turismo, planificación territorial y gestión pública local.

QUE corresponde al Estado municipal promover el reconocimiento de los elementos que conforman la identidad oranense.

QUE los símbolos identitarios (bandera, escudo, himno) son necesarios para la autonomía municipal y deben constar en norma para las generaciones presentes y futuras.

QUE estos símbolos crean un lazo afectivo sociocultural y de identidad ciudadana para cada habitante.

QUE los colores, formas y representaciones configuran una imagen colectiva que identifica y distingue a la sociedad oranense.

POR ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, ORDENA:

ART. 1°: Institucionalícese y declárese firmemente como símbolos del Municipio de San Ramón de la Nueva Orán, a los descriptos en los artículos subsiguientes de esta Ordenanza: el “Nombre Oficial”, la “Fecha Fundacional”, los “Santos Patronos Municipales”, la “Bandera”, los “Escudos Municipales” y el “Himno Municipal”. Las representaciones gráficas se adjuntan en el ANEXO I.

ART. 2°: Nombre Oficial. El nombre oficial del Municipio es San Ramón de la Nueva Orán, establecido por su fundador, Ramón García de León y Pizarro.

ART. 3°: Fecha Fundacional. Se establece el 31 de Agosto como fecha oficial para conmemorar el aniversario fundacional de la ciudad (1794).

ART. 4°: Santos Patronos Municipales. Se instituye a San Ramón Nonato (por la fecha fundacional) y a la Virgen del Carmen (patrona de la Diócesis) como santos patronos.

ART. 5°: Bandera. Se adopta la Bandera Oficial establecida por la Ordenanza N° 2.062/2018, con sus colores y simbolismo definidos (celeste, blanco, verde, amarillo) y sus imágenes características.

ART. 6°: Escudos. La ciudad adopta el Escudo de Armas como Escudo Fundacional (descripción histórica) y un Escudo de la Ciudad actual como símbolo identitario principal (con su descripción heráldica).

ART. 7°: Himno Municipal. Se adopta el "Himno a Orán", escrito en 1946, cuya letra y música pertenecen a Luis Clemente D'Jallad Ortiz. Se transcribe su letra completa.

ART. 8°: Gentilicio. Los habitantes de la ciudad son proclamados Oranenses.

ART. 9°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar, en un plazo de 30 días hábiles, el uso y tratamiento de los símbolos municipales conforme a las normas de ceremonial y protocolo.

ART. 10°: Disponer de un espacio apropiado para la exposición de los símbolos municipales en los principales edificios municipales y públicos.

ART. 11°: Publicar y dar amplia difusión sobre los símbolos municipales en los medios digitales propios del Municipio.

ART. 12°: Elaborar un folleto impreso informativo sobre los símbolos para distribuir en agencias de viajes, establecimientos educativos, centros vecinales, etc. Los recursos serán mediante sponsors comerciales.

ART. 13°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar los gastos de esta ordenanza al presupuesto vigente y realizar las readecuaciones presupuestarias necesarias.

ART. 14°: Cursar copias con Visto y Considerandos al Departamento Ejecutivo Municipal y a los medios de comunicación.

ART. 15°: Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.