Ordenanzas

Ordenanza N• 2434-2025

Publicado el 13 noviembre, 2025

Municipalidad de Orán

RESOLUCIÓN N° 10U 72025

San Ramón de la Nueva Orán, 19 de noviembre de 2025

VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 037/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 535.182-203-2025 de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que se crea un registro para conformar el circuito denominado “Las iglesias también tienen historia”, que estará disponible durante todo el año con el objetivo de fomentar el turismo religioso, cultural e histórico de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán.

Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo;

Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;

Por ello, en uso de sus facultades legales, Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE

Art. 1°: PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 037/2025, como ORDENANZA N° 2434/2025.

Art. 2°: REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.

Art. 3°: CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; Secretaría de Infraestructura; y Secretaría de GIRSU, para conocimiento y efectos correspondientes.

Art. 4°: COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.

Firma

N. GARCÍA

Secretario de Gobierno

Firma

Intendente Municipalidad de Orán


Honorable Concejo Deliberante Gral. Martín Miguel de Güemes

Municipalidad de Orán – Héroe de la Nación Argentina

Hipólito Yrigoyen N° 659 (Ley Provincial N° 73)

Proyecto – Expte. N° 037/2025

Autor: Concejal Roberto Alejandro Ávila, BIMA'S COMPROMISO Y GESTIÓN.

ORDENANZA N° 037/2025

VISTO: La necesidad de fortalecer el turismo religioso en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, promoviendo el patrimonio cultural y arquitectónico local; y

CONSIDERANDO:

Que la ciudad cuenta con un importante número de templos e iglesias que representan no solo un valor espiritual para la comunidad, sino también un atractivo turístico e histórico;

Que el turismo religioso es una herramienta de desarrollo local, fomentando la identidad cultural, la economía y el turismo sostenible;

Que el Instituto de Enseñanza Superior Dr. Alfredo Loutaif dicta la carrera de Técnico en Turismo con orientación en Organización de Eventos, por lo que su participación en la planificación y ejecución de actividades turísticas enriquecería la formación de sus estudiantes y fortalecería la propuesta;

Que resulta pertinente establecer un recorrido turístico oficial por las siete iglesias de la ciudad, a realizarse anualmente dos semanas antes de la celebración de la Pascua, como parte del calendario turístico y cultural de San Ramón de la Nueva Orán;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, ORDENA:

ART. 1°: Créese un registro para conformar el circuito denominado “Las iglesias también tienen historia”, que estará disponible durante todo el año con el objetivo de fomentar el turismo religioso, cultural e histórico de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán.

ART. 2°: El recorrido comprenderá templos, iglesias y capillas que sean de interés por su historia o su arquitectónica para la comunidad en general.

ART. 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios con las autoridades de los Cultos que incluyan ese circuito y entre la Gerencia de Turismo y el Instituto Loutaif, con los alumnos de la carrera de Técnico en Turismo con orientación en organización de eventos para las prácticas profesionales.

ART. 4°: La actividad se llevará adelante por guías especializados, autorizados por el Departamento Ejecutivo Municipal, para brindar información histórica, arquitectónica y religiosa sobre cada sitio visitado.

ART. 5°: El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará y proporcionará los recursos para promocionar el circuito, señalética, sitios web accesibles mediante código QR y cualquier otro medio que considere relevante.

ART. 6°: Los gastos que demanda la presente ordenanza imputarán al ítem correspondiente del presupuesto municipal.

ART. 7°: Cursar copias con visto y considerandos al Departamento Ejecutivo Municipal y medios de comunicación.

ART. 8°: Comuníquese, Publíquese, Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, AL PRIMER DÍA DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Firma

CARLOS SUÁREZ

PRESIDENTE

Concejo Deliberante de Orán

Firma

Secretario Legislativo

Concejo Deliberante de Orán