Ordenanzas

Ordenanza N• 2433-2025

Publicado el 13 noviembre, 2025

Municipalidad de Orán

RESOLUCIÓN N° 1 / 2025

San Ramón de la Nueva Orán, 3 de noviembre de 2025.

VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 164/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 547.792-203-2025 de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que se establezca, mediante el área de Tránsito, la realización de controles los fines de semana en el horario de 00:00 a 06:00 am, de vehículos automotores, motocicletas y demás rodados, en las siguientes calles de la ciudad: a) Avenida Palacios, desde calle Pueyrredón hasta el ingreso a Orán por la citada avenida. b) Calle 25 de Mayo, desde calle Güemes hasta calle Bolivia, pasando por calle Arenales.

Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo;

Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;

Por ello, en uso de sus facultades legales, Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°: PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 164/2025, como ORDENANZA N° 2433/2025.

Art. 2°: REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.

Art. 3°: CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; Secretaría de Infraestructura; y Secretaría de GIRSU, para conocimiento y efectos correspondientes.

Art. 4°: COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.

CPN. FERNANDO D. GARCÍA RUIZ

Secretario de Gobierno Municipalidad de Orán

C.P.N. CÉSAR RAÚL GROSSO

Intendente Municipalidad de Orán


Gral. Martín Miguel de Güemes "Héroe de la Nación Argentina"

Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de Orán (Ley Provincial N° 7889) Hipólito Yrigoyen N° 659

Proyecto – Expte. N° 164/2025.

Autor: Concejal Héctor Ramón Urdapilleta, Bloque Compromiso por Orán.

ORDENANZA – Expte. N° 164/2025.

VISTO la necesidad imperiosa de que en la ciudad de Orán exista una circulación que sea segura y tranquila, particularmente los fines de semana, en donde transitan vehículos y motociclistas haciéndolo a altas velocidades, poniendo en riesgo no solo su integridad, sino también la de los peatones. Por ello resulta necesario llevar a cabo que se implemente un control exhaustivo por parte del personal de tránsito en horario nocturno, ya sea afectando adicionales o colocando más personal activo en las calles, de manera tal que las personas que circulan en las calles de nuestra ciudad no estén expuestas a riesgos que afecten su integridad física, su salud, bienes, etc. Por ello resulta fundamental llevar a cabo la presente medida; y

CONSIDERANDO:

QUE la circulación en nuestra ciudad es un caos durante el día, con mayor razón lo es por las noches y los fines de semana más aún, ya que la mayoría de los conductores lo hacen bajo los efectos del alcohol o de otras sustancias prohibidas, o bien en vehículos (autos, motos, etc.) que no están en condiciones mecánicas y/o documentales para circular, generando un peligro real y concreto de accidentes para los transeúntes.

QUE, si bien desde el área de Tránsito están desplegando un control en las calles de la ciudad durante el día y la noche, el mismo no es suficiente.

QUE es nuestra misión como representantes de los vecinos observar la problemática que azota a nuestra sociedad, realizar los planteos y gestiones necesarias tendientes a evitar cualquier tipo de accidente.

QUE es sabido que los fines de semana en la ciudad se llevan a cabo eventos de gran concurrencia como ser boliches o fiestas. También sobre Avenida Palacios, casi en el ingreso a Orán, desfilan las motos con menores conduciendo a altas velocidades, en algunos casos tres personas arriba de un motovehículo excediendo lo permitido por ley, haciendo "willy", tornando más peligroso el andar, y sabiendo que ya ocurrieron accidentes fatales en varias oportunidades. En otras ocasiones corriendo picadas en autos y/o motos. Es allí a donde apunta esta ordenanza con los controles nocturnos.

QUE el municipio tiene que garantizar el derecho de sus habitantes a tener una sociedad segura, un tránsito ordenado en virtud de la Carta Orgánica Municipal. El Art. 77 establece las Atribuciones y Deberes del Departamento Ejecutivo. Son deberes y atribuciones "… inc. p) asegurar los servicios públicos y proveer a la seguridad de los habitantes del Municipio".

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL: ORDENA

ART. 1°: Establecer mediante el área de Tránsito la realización de controles los fines de semana en el horario de 00:00 a 06:00 am, de vehículos automotores, motocicletas y demás rodados, en las siguientes calles de la ciudad: a) Avenida Palacios, desde calle Pueyrredón hasta el ingreso a Orán por la citada avenida. b) Calle 25 de Mayo, desde calle Güemes hasta calle Bolivia, pasando por calle Arenales.

ART. 2°: Dichos controles deberán estar a cargo del personal debidamente capacitado y experimentado para el cumplimiento de esta Ordenanza.

ART. 3°: Los gastos que demanda dicha Ordenanza deberán ser imputados al presupuesto vigente y futuros.

ART. 4°: Cursar copias con visto y considerandos al Departamento Ejecutivo Municipal y medios de comunicación.

ART. 5°: Comuníquese, Publíquese, Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ing. CARLOS SUÁREZ

Presidente Concejo Deliberante de Orán