Ordenanzas

Ordenanza N• 2428-2025

Publicado el 29 octubre, 2025

Municipalidad de Orán

RESOLUCIÓN N° 2025

San Ramón de la Nueva Orán, 24 de octubre de 2025

VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 013/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 543.815-203-2025 de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la conversión del espacio verde certificado por el IPV, identificado como M44a parcela 15 de acuerdo con el plano N° 2.768 registrado en la Dirección General de Inmuebles, en un “Espacio Verde Multifuncional” en el barrio Los Lapachos, destinado al desarrollo de ferias y eventos comunitarios. Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo; Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;

Por ello, en uso de sus facultades legales, la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°: PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 013/2025, como ORDENANZA N° 2428/2025.

Art. 2°: REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.

Art. 3°: CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda, Secretaría de Asuntos Legales y Modernización, Secretaría de Infraestructura y Secretaría de GIRSU, para conocimiento y efectos correspondientes.

Art. 4°: COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.


Honorable Concejo Deliberante

Municipalidad de Orán

Hipólito Yrigoyen N° 659

Proyecto – Expte. N° 013/2025.

Autora: Concejal Patricia Honoria Segovia, BLOQUE EVOLUCIÓN RADICAL

ORDENANZA – Expte. N° 013/2025.

VISTO la necesidad de crear un espacio verde comunitario que funcione como un punto de encuentro para la venta de productos locales, ferias y eventos sociales que beneficien a emprendedores, comerciantes y la comunidad en general, fomentando el desarrollo económico y la integración social; y

CONSIDERANDO:

QUE el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) certifica que el barrio cuenta con un terreno destinado a espacio verde municipal, identificado como M44a parcela 15 de acuerdo al plano N° 2.768 registrado en la Dirección General de Inmuebles. QUE es fundamental promover el comercio local, facilitando un espacio accesible para pequeños emprendedores y fortaleciendo la participación ciudadana mediante eventos comunitarios. QUE las zonas verdes en entornos urbanos no solo contribuyen a la conservación de la biodiversidad, sino que también tienen un impacto positivo en la salud física y mental de los habitantes, proporcionando un lugar de recreación y esparcimiento. QUE este espacio ofrecerá una solución práctica y accesible para la comunidad de San Ramón de la Nueva Orán, combinando comercio, cultura y recreación en un entorno verde y sustentable. Su implementación generará un impacto positivo en la economía local y en la calidad de vida de los ciudadanos. QUE los espacios públicos adecuados fomentan el sentido de pertenencia y el compromiso con el entorno, promoviendo la construcción de identidades colectivas y fortaleciendo los lazos entre vecinos. QUE el impacto de este proyecto se verá reflejado en tres dimensiones principales: Económica: generará empleo y oportunidades para emprendedores locales. Cultural: será un espacio para festivales, ferias artesanales y eventos comunitarios. Ambiental: permitirá la incorporación de vegetación y promoverá la concienciación sobre el cuidado del entorno.

POR ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL: ORDENA

ART. 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la conversión del espacio verde certificado por el IPV, identificado como M44a parcela 15 de acuerdo al plano N° 2.768 registrado en la Dirección General de Inmuebles, en un “Espacio Verde Multifuncional” en el barrio Los Lapachos, destinado al desarrollo de ferias y eventos comunitarios.

ART. 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal organizará el espacio en dos zonas específicas para optimizar su uso:

  1. Zona de Feria y Venta (área destinada a pequeños comerciantes y emprendedores para la exposición y venta de productos).
  2. Zona de Eventos y Reuniones (espacio preparado para actividades culturales, recreativas y sociales).
  3. Zona destinada a Esparcimiento y Juego Recreativo.

ART. 3°: Se dispondrá de la instalación de tomas de corriente accesibles para vendedores que requieran energía eléctrica para sus productos, señalización adecuada para garantizar una circulación ordenada e iluminación mediante lámparas.

ART. 4°: Se construirá un escenario o plataforma elevada para presentaciones culturales, espectáculos artísticos y charlas comunitarias.

ART. 5°: Se garantizará la accesibilidad del espacio mediante la instalación de rampas y caminos adaptados para personas con movilidad reducida.

ART. 6°: Autorícese la inclusión de los gastos que demande la presente ordenanza en el presupuesto municipal, dentro de la partida correspondiente a obras públicas.

ART. 7°: Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, AL DÍA UNO DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ing. CARLOS SUÁREZ PRESIDENTE