Publicado el 28 octubre, 2025
San Ramón de la Nueva Orán, 7 de OCT 2025
VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 021/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 538.049-203-2025 de esta Municipalidad; y
Que se crea el Programa “Democracia joven: concejales del futuro” en el ámbito de este Cuerpo, el cual se desarrollará una vez por año en cada periodo legislativo.
Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo;
Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;
Por ello, en uso de sus facultades legales, Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal;
Art. 1°.- PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 021/2025, como ORDENANZA N° 2418/2025.
Art. 2°.- REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.
Art. 3°.- CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; Secretaría de Infraestructura; y Secretaría de GIRSU, para conocimiento y efectos correspondientes.
Art. 4°.- COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.
Autora: Concejal Patricia Honoraria Segovia; BLOQUE UNIÓN RADICAL.
VISTO: La necesidad de fomentar la participación activa de los adolescentes en materia de educación cívica y política, a través de la creación del programa "Democracia Joven: Concejales del Futuro", dependiente del Concejo Deliberante de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán.
Que en la Carta Orgánica Municipal, en su Título II, Capítulo I, artículo 12 expresa que: "El Municipio promueve el desarrollo integral de la juventud y de la mujer, posibilitando su perfeccionamiento, realización y aporte creativo. Crea los canales necesarios para su efectiva participación en las actividades comunitarias y políticas en aras de una plena formación cultural, cívica y laboral".
Que es necesario fortalecer la formación de los adolescentes en los planos intelectual y político para lograr la conciencia de sus derechos, fomentar el aprecio por la democracia como forma de vida y, para ello, deben comprender los aspectos generales de la misma.
Que es fundamental fomentar el pensamiento crítico e informado, brindando las herramientas necesarias para que desarrollen un juicio crítico, moral y político, basado en el conocimiento de la realidad social y política.
Por lo expuesto, debemos ofrecer a nuestra comunidad la posibilidad de que los estudiantes de secundaria se involucren en la vida ciudadana, fomentando su participación en los asuntos relacionados con el funcionamiento de la democracia. Esto permitirá que los jóvenes conozcan el trabajo legislativo de los concejales, así como también la dinámica del sistema, las atribuciones, obligaciones y derechos inherentes al cargo.
ART. 1°: Créase el Programa “Democracia joven: concejales del futuro” en el ámbito de este Cuerpo, el cual se desarrollará una vez por año en cada periodo legislativo.
ART. 2°: El objetivo primordial del Programa será fomentar la participación de los jóvenes en representación de sus establecimientos educativos, promoviendo la creación y el debate de proyectos relacionados con la ciudad.
ART. 3°: El cronograma anual de implementación del presente programa queda establecido en el anexo I.
ART. 4°: El Programa “Democracia joven: concejales del futuro” se materializará en una sesión especial estudiantil, que se desarrollará en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante. Participarán alumnos de 4° año del Ciclo Superior Orientado de las escuelas públicas y privadas de Educación Secundaria y 2° año del Ciclo Superior Orientado de la Educación Técnico-Profesional y BESPA.
ART. 5°: El Concejo Deliberante, al comienzo de cada periodo legislativo, hará la invitación especial a todos los establecimientos educativos comprendidos en el artículo 4° de la presente ordenanza, para que participen del programa “Democracia joven: concejales del futuro”.
ART. 6°: La Sesión Especial cumplirá con los requisitos formales establecidos en el Reglamento Interno del Cuerpo y se desarrollará la última semana del mes de septiembre de cada año, de acuerdo con la fecha fijada en Comisión Legislativa.
ART. 6° Bis: Se enviará una invitación formal al Departamento Ejecutivo Municipal para asistir en calidad de público a la Sesión Especial.
ART. 7°: El Concejo Deliberante abrirá un registro de inscripción de Establecimientos, grupo/clase y alumnos interesados en participar en el Programa establecido en el Artículo 1° al comienzo de cada periodo legislativo. El plazo de inscripción será definido en la primera reunión de Comisión Legislativa de cada año, siendo el límite el 15 de abril de cada año.
ART. 8°: Cada institución interesada en participar deberá presentar el Formulario de Inscripción incluido en el anexo II, el cual debe ir adjunto a la invitación especial del artículo 5°, con la documentación allí requerida.
ART. 9°: Una vez cerrada la inscripción, se realizará una reunión con todos los representantes de los Establecimientos inscriptos y su respectivo referente docente encargado de acompañar el proceso, con el objetivo de consensuar el tema que se desarrollará ese año en la Sesión Especial.
ART. 10°: La Comisión Legislativa, posteriormente, definirá por sorteo el concejal que acompañará a cada Establecimiento Educativo en el proceso. En caso de que el número de Escuelas supere el de ediles, se procederá a unificar y establecer alianzas de trabajo entre los distintos establecimientos. Se les comunicará por intermedio de la Presidencia del Cuerpo a cada Escuela el concejal correspondiente y la fecha de la Sesión Especial.
ART. 11°: Cada edil deberá contactarse con los representantes del Establecimiento que le fuere asignado y trabajará en conjunto con el Profesor/tutor y los estudiantes, para la elaboración y presentación del proyecto de ordenanza. El proyecto de ordenanza deberá ser presentado en un plazo máximo de 30 días anteriores a la fecha fijada para la Sesión Especial.
ART. 12°: Los proyectos de ordenanza serán publicados en medios de prensa y plataformas virtuales. Además, el Concejo Deliberante remitirá copias impresas de los proyectos a cada uno de los establecimientos educativos participantes para su conocimiento y análisis.
ART. 13°: Los integrantes de los anteproyectos seleccionados recibirán, previo al tratamiento en Sesión Especial, una capacitación sobre el funcionamiento del Concejo Deliberante, labor legislativa y pautas de la Sesión Especial, dictada por prosecretarios y secretarios administrativos y legislativos, con el apoyo de asesores y concejales.
ART. 14°: Características de la Sesión Especial: a) Seguirá los parámetros formales de funcionamiento de una Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante. b) Cada Establecimiento participante designará un representante como “concejal estudiantil” para la defensa del proyecto y participación en la Sesión.
ART. 15°: Los proyectos aprobados en la Sesión Especial correspondiente al Programa establecido en la presente, serán ingresados a la Mesa de Entrada para su correspondiente tratamiento formal, informándose posteriormente lo resuelto a las Escuelas e invitándolas a presenciar la Sesión Ordinaria.
ART. 16°: La Presidencia del Cuerpo entregará certificados de participación y asistencia a todos los Establecimientos, alumnos y proyectos participantes.
ART. 17°: Se aprueban los formularios de inscripción contenidos en el Anexo I y II de la presente ordenanza, siempre que sean presentados en tiempo y forma.
ART. 18°: Los gastos que demande la presente ordenanza serán imputados en el presupuesto del Concejo Deliberante.
ART. 19°: Deróguese toda ordenanza contraria a la presente.
ART. 20°: Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
El presente cronograma se estipula teniendo en consideración el calendario escolar de nivel secundario, los periodos de diagnóstico, receso y último trimestre.
| MES | FECHA | TEMA | DETALLE |
|---|---|---|---|
| Marzo | Del 15 al 31/03 | Invitación a los establecimientos | El C.D. envía la invitación formal, por escrito, a las escuelas secundarias, técnicas y BESPA para participar en el programa. |
| Abril | Del 1 al 20/04 | Apertura del registro de Inscripción. | El C.D. abre el registro para que las instituciones educativas, grupos/clases y alumnos interesados se inscriban. |
| Abril | Del 21 al 30/04 | Inscripción | Las instituciones educativas interesadas completan y presentan el Formulario de Inscripción (Anexo II) con la documentación requerida. |
| Mayo | Del 1 al 10/05 | Reunión con representantes y docentes | El C.D. se reúne con los representantes de las escuelas inscriptas y sus docentes referentes para consensuar el tema que se abordará en la Sesión Especial. |
| Mayo | Del 11 al 20/05 | Sorteo de concejales | La Comisión Legislativa realiza un sorteo para asignar un concejal a cada establecimiento educativo. En caso de que el número de escuelas supere el de concejales, se establecerán alianzas de trabajo entre las Instituciones. La Presidencia del Concejo Deliberante comunica a cada escuela el concejal asignado y la fecha de la Sesión Especial. |
| Mayo-Julio | Del 21/05 al 31/07 | Elaboración de proyectos de ordenanza | Cada concejal se contacta con los representantes de la escuela asignada y trabaja en conjunto con el profesor/tutor y los estudiantes para elaborar y presentar el proyecto de ordenanza. El plazo máximo para la presentación es 30 días antes de la Sesión Especial. |
| Agosto | Del 1 al 10/08 | Publicación de proyectos | Los proyectos de ordenanza son publicados en medios de prensa y virtuales. El Concejo Deliberante también remite copias impresas a las escuelas participantes. |
| Agosto | Del 11 al 20/08 | Capacitación legislativa | Los integrantes de anteproyectos seleccionados reciben una capacitación sobre el funcionamiento del Concejo Deliberante, la labor legislativa y las pautas de la Sesión Especial. La capacitación es dictada por prosecretarios, secretarios administrativos y legislativos, con el apoyo de asesores y concejales. |
| Agosto | Del 21 al 30/08 | Sesión Especial | Se desarrolla la Sesión Especial en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, siguiendo los parámetros formales de una Sesión Ordinaria. Cada establecimiento participante designa un "concejal estudiantil" para defender su proyecto. |
| Septiembre | Del 1 al 07/09 | Tratamiento formal de proyectos aprobados | Los proyectos aprobados en la Sesión Especial son ingresados a la Mesa de Entrada del Concejo Deliberante para su tratamiento formal. |
| Septiembre | Del 8 al 15/09 | Tratamiento formal | Tratamiento formal de los proyectos aprobados en sesión Ordinaria, previo paso por Labor Parlamentaria. |
| Septiembre | Del 16 al 25/09 | Información a las escuelas | Se informa a las escuelas sobre lo resuelto en relación con sus proyectos y se las invita a presenciar la Sesión Ordinaria en la que serán tratados. |
| Septiembre | Del 26 al 30/09 | Entrega de certificados | La Presidencia del Concejo Deliberante entrega certificados de participación y asistencia a todos los establecimientos, alumnos y proyectos participantes. |
