Publicado el 25 septiembre, 2025
San Ramón de la Nueva Orán, 25 SEP 2025
VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 192/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 549.836-203-2025 de esta Municipalidad; y,
Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo; Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;
Por ello, en uso de sus facultades legales, la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal;
Art. 1°.- PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 192/2025, como ORDENANZA N° 2414/2025.
Art. 2°.- REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.
Art. 3°.- CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; Secretaría de Infraestructura; y Secretaría de GIRSU; para conocimiento y efectos correspondientes.
Art. 4°.- COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.
Honorable Concejo Deliberante Gral. Martín Miguel de Güemes – Municipalidad de Orán “Héroe de la Nación Argentina” – Hipólito Yrigoyen N° 659 (Ley Provincial N° 389)
VISTO la necesidad de fortalecer la seguridad pública en la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán mediante la implementación de controles en los accesos Norte y Sur de la jurisdicción, con la intervención de personal capacitado de las Secretarías Municipales, en ejercicio de las facultades propias del gobierno local; y
QUE el Ejido Municipal constituye el ámbito territorial sobre el cual la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán ejerce su competencia y regula las actividades urbanísticas, de infraestructura, seguridad, higiene y tributación; QUE la determinación de los límites del ejido urbano permite una mejor planificación territorial, garantizando el desarrollo ordenado de la ciudad y la correcta prestación de servicios a los vecinos; QUE es atribución del Concejo Deliberante establecer y modificar el ejido urbano, en función del crecimiento poblacional, el ordenamiento territorial y la implementación de políticas públicas de control y seguridad; QUE resulta necesario delimitar con precisión el ejido urbano de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, a fin de optimizar la gestión administrativa, el ordenamiento territorial y la implementación de políticas de seguridad en los accesos estratégicos;
ART. 1°: Fijar el ejido urbano que se define como el área delimitada de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, el que quedará comprendido dentro de los siguientes puntos y líneas:
ART. 2°: Establécese que la delimitación del ejido urbano tiene como finalidad optimizar la planificación territorial, el ordenamiento urbano y la implementación de políticas de seguridad en los accesos de la ciudad, sin perjuicio de las competencias y obligaciones que le corresponden al Municipio en materia de servicios públicos e infraestructura.
ART. 3°: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a la elaboración de un plano oficial con las delimitaciones del nuevo ejido urbano que se registrará una vez sancionada la Ordenanza.
ART. 4°: Cúrsese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal y a los medios de comunicación locales, a efectos de su difusión y conocimiento por parte de la comunidad.
ART. 5°: Comuníquese. Publíquese. Archívese.
