Boletín Oficial

BOLETIN INFORMATIVO MUNICIPAL Nº 40

Publicado el 2 diciembre, 2002

BOLETIN INFORMATIVO MUNICIPAL Nº 40

ORDENANZA Nº 1.262/2.002

VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 1.627/2.002 de fecha 21/08/2.002.

ORDENANZA Nº 1.263/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- ACEPTAR la donación de una superficie de 2.032,40 m2 para calle y ochavas resultantes del plano de mensura y subdivisión del inmueble individualizado con la Matrícula Nº 2.003, Manzana o chacra 34 y 65 correspondiente a la Sección 9na. de esta ciudad.

Art. 2º.- AFECTAR al uso público los espacios destinados a calle y ochavas de la Matrícula mencionada en el artículo anterior.

Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.263/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.643/2.002 de fecha 02/09/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaria General Intendente Municipal

ORDENANZA Nº 1.264/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- ADHIÉRASE la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán a Ley Nacional Nº 25.456 modificatoria del art. 47 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.

Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.264/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.645/2.002 de fecha 02/09/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaría General Intendente Municipal

ORDENANZA Nº 1.265/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- APROBAR el convenio “ACTA ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN” elaborado por la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, que como Anexo I forma parte de la presente.

Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.265/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.674/2.002 de fecha 12/09/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaria General Intendente Municipal

ORDENANZA Nº 1.266/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- Derógase la ORDENANZA Nº 838/95 sancionada con fecha 21-XI-95.

Art. 2º.- Créase el CONSEJO ECONOMICO-SOCIAL previsto en el Art. Nº 103 de la Carta Orgánica Municipal como ámbito de deliberación de los problemas municipales, como medio para arribar a soluciones consensuadas de los mismos y como órgano de consulta obligatorio de los poderes públicos municipales para el tratamiento de planes económicos-sociales, culturales, científicos y tecnológicos.

Art. 3º.- Las organizaciones representativas de la producción y el trabajador, las instituciones dedicadas a actividades educativas, culturales y sociales, las Iglesias reconocidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, los colegios profesionales, las instituciones intermedias todos ellos con actuación en el Municipio, tienen derecho a participar voluntariamente y a través de representantes en las reuniones, deliberaciones y discusiones plenarias del Consejo Económico-Social, en las condiciones que fija su reglamento.

Art. 4º.- El Consejo deberá aprobar su reglamento interno, el que preverá todo lo relativo a su funcionamiento.

Art. 5º.- Los Órganos del Consejo son: Su presidente y dos Secretarios Coordinadores los que serán elegidos por simple mayoría y durarán un año en sus funciones, pudiendo ser reelectos una sola vez en forma consecutiva. Con intervalo de un periodo, pueden ser elegidos nuevamente. La primera reunión será convocada y presidida por el Presidente del Concejo Deliberante dentro de los 30 días de vigencia de la presente Ordenanza.

Art. 6º.- Ningún miembro del Consejo Económico-Social podrá percibir remuneración o retribución de cualquier especie por el cumplimiento de sus funciones en éste.

Art. 7º.- No podrán integrar el Consejo Económico-Social los funcionarios públicos nacionales, provinciales y municipales ni los legisladores en cargos nacionales, provinciales y municipales.

Art. 8º.- Los gastos que demande el ejercicio de las funciones del Consejo Económico Social estarán a cargo de las Organizaciones, Entidades e Instituciones que estén representadas en el mismo.

Art. 9º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.266/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.656/2.002 de fecha 05/09/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaria General Intendente Municipal

ORDENANZA Nº 1.267/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- ACEPTAR la donación de una superficie de 1.632,76 m2 para pasaje y ochavas resultantes del plano de mensura y subdivisión del inmueble individualizado con la Matrícula Nº 8.010, Manzana 06 correspondiente a la Sección 9º de esta ciudad.

Art. 2º.- AFECTAR al Uso Público los espacios destinados a pasaje y ochavas de la Matrícula mencionada en el artículo anterior.

Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.267/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.660/2.002 de fecha 10/09/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaria General Intendente Municipal

ORDENANZA Nº 1.268/2.002

VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 1.668/2.002 de fecha 11/09/2.002.

ORDENANZA Nº 1.269/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- ACEPTAR la donación de una superficie de 1.563,52 m2 para pasaje y ochavas resultantes del plano de mensura y subdivisión del inmueble individualizado con la Matrícula Nº 3.456, Manzana 38 correspondiente a la Sección 6ta. de esta ciudad.

Art. 2º.- AFECTAR al Uso Público los espacios destinados a pasaje y ochavas de la Matrícula mencionada en el artículo anterior.

Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS TRES DÍAS DEL MES SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.269/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.681/2.002 de fecha 19/09/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaria General Intendente Municipal

ORDENANZA Nº 1.270/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- Que se construya el tapiado perimetral en el Cementerio Municipal acorde a las nuevas exigencias (altura) con la vereda respectiva.

Art. 2º.- Los gastos que demande la obra deberán ser imputados a las partidas correspondientes al Presupuesto Año 2.002.

Art. 3º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, vecinos del nuevo complejo y a los medios de comunicación.

Art. 4º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.270/2.002: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.

ORDENANZA Nº 1.271/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, proceda a la colocación de reductores de velocidad (pianos y/o lomos de burro) en avenida López y Planes, desde calle Lamadrid hasta avenida San Martín, y sobre la misma desde calle Mariano Moreno hasta Sebastián Cuenca.

Art. 2º.- Los gastos que demande la obra serán imputados a las partidas correspondientes al año en curso.

Art. 3º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Secretaría de Obras y Servicios Públicos y a los medios de comunicación.

Art. 4º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.271/2.002: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.

ORDENANZA Nº 1.272/2.002

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

ORDENA

Art. 1º.- INSISTIR en la sanción de la ORDENANZA Nº 1.268/02 vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 1.668/02, de conformidad al Art. 81º, segundo párrafo, de la ley Nº 6.571/89, con las modificaciones que a continuación se detallan: “Agréguese al inciso k) de la Sección 2 apartado 2.4.2 de la Ordenanza Nº 573/91 (Código de Edificación de la ciudad de Orán) los siguientes párrafos:

  1. En todos los casos de construcciones deberán presentarse los planos de conexiones domiciliarias de agua potable y desagües cloacales, con firma de profesional habilitado de acuerdo a sus incumbencias, del constructor y el propietario de la obra, en original y dos (dos) copias, debiendo observarse para ello las normas técnicas de Obras Sanitarias de la Nación y las que fije la empresa concesionaria del servicio de distribución de agua y recolección de líquidos cloacales con anterioridad al inicio de las obras. Concluida la obra, inspeccionada y aprobada por la Municipalidad las instalaciones domiciliarias será autorizada la apertura de calzada y conexión a redes.
  1. Quedan exentas de la obligación de presentar planos aquellas personas, titulares dominiales, que revistan la calidad de carenciados según requisitos exigidos por la provincia de Salta y la empresa concesionaria respecto de:

a) Conexión domiciliaria mínima (un grifo) b) Conexión domiciliaria de agua y cloaca.

Art. 2º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Agua de Salta S.A., Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesionales afines, Colegio de Arquitectos de Salta.

Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORAN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ROBERTO SALAS ROBERTO A. AGUIRRE Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.272/2.002: Promulgada por Resolución Nº 1.704/2.002 de fecha 08/10/2.002.

DR. RAMON A. VALOR DRA. MARIA DEL C. NUÑEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretaria General Intendente Municipal

**ORDENANZA Nº 1.273/2.002