Publicado el 4 junio, 2001
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- APROBAR el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán y el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, para dotar de infraestructura de servicios al “Barrio 60 Viviendas del Sindicato del Azúcar”, el que como Anexo I se agrega y forma parte de la presente Ordenanza. Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.188/2001: Promulgada por Resolución Nº 946/2001 de fecha 17/05/2001.
DR. RAMÓN A. VALOR ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Intendente Municipal
VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 943/2001 de fecha 16/05/2001.
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Imponer el nombre de BARRIO SAN FRANCISCO DE ASÍS al conjunto habitacional comprendido entre las calles Moro Díaz al Norte, 9 de Julio al Sur, San Martín al Oeste y Pellegrini al Este de nuestra ciudad. Art. 2º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Centro Vecinal Bº San Francisco y a los medios de comunicación. Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.190/2001: Promulgada por Resolución Nº 963/2001 de fecha 28/05/2001.
DR. RAMÓN A. VALOR ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Intendente Municipal
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, lleve a cabo la instalación de aparatos de iluminación “Anti-vándalos” y la reparación del tablero general de iluminación, juegos infantiles, pérdidas de agua sobre calle Pizarro y desarmado del escenario en plaza Santa Marta. Art. 2º.- Efectuar en forma inmediata la parquización, instalación de aparatos de iluminación “Anti-vándalos” y la mejora de los juegos infantiles en la plaza del barrio Aeroparque de la ciudad de Orán. Art. 3º.- Imputar los gastos que demande la presente Ordenanza a la partida presupuestaria correspondiente. Art. 4º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.191/2001: Promulgada por Resolución Nº 954/2001 de fecha 22/05/2001.
DR. RAMÓN A. VALOR ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Intendente Municipal
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Imponer el nombre de BARRIO 1º DE MAYO al conjunto habitacional comprendido entre las calles Corrientes al Sur, Pueyrredón al Norte, Belisario Roldán al Este y Segundo Sombra al Oeste de nuestra ciudad. Art. 2º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Centro Vecinal Bº 1º de Mayo y a los medios de comunicación local. Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.192/2001: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Que el Departamento Ejecutivo Municipal, en forma inmediata, provea a todo el personal municipal que desempeña tareas en la vía pública de los correspondientes elementos de seguridad, a fin de evitar situaciones de riesgo que son previsibles, en resguardo de la vida humana y del patrimonio municipal. Art. 2º.- Imputar los gastos que demande la presente a las partidas presupuestarias correspondientes. Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.193/2001: Promulgada por Resolución Nº 987/2001 de fecha 19/06/2001.
DR. RAMÓN A. VALOR ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Intendente Municipal
VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 965/2001 de fecha 29/05/2001.
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Imponer el nombre de BARRIO 20 DE JUNIO al conjunto habitacional comprendido entre las calles Colón al norte, Emilia Bustamante al Sur, Martín Fierro al oeste y José Ingenieros al este de nuestra ciudad. Art. 2º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Centro Vecinal del Bº 20 de Junio y a los medios de comunicación. Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.196/2001: Promulgada por Resolución Nº 971/2001 de fecha 05/06/2001.
DR. RAMÓN A. VALOR ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Intendente Municipal
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, efectúe un relevamiento general y la posterior construcción de viviendas mediante el Programa Plan Nuevo Hogar en los terrenos cuyos titulares reúnan los requisitos estipulados en el Convenio firmado entre el Municipio y el I.P.D.U.V. Art. 2º.- Que el relevamiento en cuestión sea ampliamente difundido a las familias necesitadas de un núcleo habitacional, como asimismo las modalidades para acceder al Plan Nuevo Hogar. Art. 3º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a los señores Legisladores del Departamento, a la Unidad Ejecutora Municipal y a los medios de comunicación. Art. 4º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.197/2001: Promulgada por Resolución Nº 972/2001 de fecha 05/06/2001.
DR. RAMÓN A. VALOR ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Intendente Municipal
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, a proveer de ALUMBRADO PÚBLICO a la calle Aconquija en toda su extensión del barrio Aeroparque de la ciudad de Orán. Art. 2º.- Imputar los gastos que demande la presente Ordenanza a la partida correspondiente al Ejercicio Año 2001. Art. 3º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Presidente del Centro Vecinal del Bº Aeroparque y a los medios de comunicación local. Art. 4º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL UNO.
ROBERTO SALAS DR. EMILIO F. TULIAN Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante
Ordenanza Nº 1.198/2001: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.
OBSERVADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 994/2001 de fecha 25/06/2001.
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
Art. 1º.- Establecer un REGIMEN DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA para el ingreso de obligaciones fiscales devengadas y exigibles de los periodos fiscales 1999, 2000 y hasta el 31 de mayo del año 2001, para todo tributo previsto en el Código Tributario Municipal, Impuesto Inmobiliario, Automotores y multas. Art. 2º.- Se restringen las facultades de fiscalización e intimación a los contribuyentes de gravámenes municipales que adhieran al presente Régimen de Regularización Tributaria y al que deberá sujetarse el accionar de la Dirección de Rentas Municipales. Art. 3º.- A los contribuyentes que se acojan a este Régimen y abonen regularmente las cuotas del plan de pagos que en consecuencia formalicen y los periodos fiscales cuyos vencimientos operen a partir del 1º de junio del 2001, la autoridad de aplicación no les intimará de pago por los periodos anteriores a los fijados en el Art. 1º y gozarán de las condonaciones que se establecen en el Art. 10º de la presente Ordenanza. Art. 4º.- Podrán acogerse: a) Los contribuyentes y/o responsables inscriptos o no, por sus obligaciones tributarias omitidas o no cumplidas hasta el 31 de mayo del 2001. b) Los que registren multas por incumplimiento de normas bromatológicas, tránsito, derechos de edificación y otras disposiciones legales vigentes, que se encuentren firmes y consentidas hasta el 31 de mayo del 2001. c) Los que a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza tengan formalizados planes de pago caducos o no, respondan o no a regímenes anteriores, exclusivamente por la porción de deuda que se encuentre impaga. Art. 5º.- No será aplicable: a) A los contribuyentes que hubieren concurrido a la justicia con el objeto de sustraerse al pago de los tributos municipales, hasta tanto no desistan expresamente de la acción y se allanen a las pretensiones del fisco. b) A los contribuyentes que hubieren presentado recursos administrativos con el objeto de sustraerse al pago de los tributos municipales, hasta tanto no desistan expresamente del mismo y se allanen a las pretensiones del fisco. c) A los que se encuentren en proceso de ejecución fiscal. d) En la Tasa de Actividades Varias cuando se determinen diferencias a favor del fisco municipal superiores al 30% del ingreso declarado por el contribuyente en el periodo fiscalizado. Si se detectare falseamiento de datos o cualquier hecho, omisión, simulación o maniobra con el propósito de encuadrarse en la presente Ordenanza, se aplicarán las sanciones correspondientes quedando el contribuyente automáticamente excluido del presente Régimen. Art. 6º.- Se establece con alcance general la condonación de intereses moratorios y punitorios y demás sanciones pecuniarias, por infracciones a las obligaciones fiscales de los periodos comprendidos en el Art. 1º de esta Ordenanza. Art. 7º.- El presente Régimen permitirá a los contribuyentes que se acojan, refinanciar sus deudas tributarias de los periodos fiscales 1999, 2000 y hasta el 31 de mayo del año 2001 hasta en 36 cuotas iguales, consecutivas y mensuales, pagaderas entre el 1º al 10º día de cada mes. Art. 8º.- El interés por financiación será igual al 0,50% mensual sobre saldo. Art. 9º.- Formas de pago: a) Pago total de contado efectivo: bonificación del 10% sobre el total de la deuda. b) Pago hasta 12 cuotas: Sin intereses. c) Pago de 13 a 36 cuotas: Con interés fijado en la presente Ordenanza. d) El Departamento Ejecutivo podrá disponer modalidades de pago distintas, atendiendo a situaciones especiales. Art. 10º.- Las deudas comprendidas en el bloqueo establecido en la presente ordenanza serán beneficiadas con una condonación
