Ordenanzas

Ordenanza N• 2414-2025

Publicado el 25 septiembre, 2025

Municipalidad de Orán

RESOLUCIÓN N° 953/2025

San Ramón de la Nueva Orán, 25 SEP 2025

VISTO: El Proyecto de Ordenanza N° 192/2025, remitido por el Concejo Deliberante y tramitado por el Expte. 549.836-203-2025 de esta Municipalidad; y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera que debe promulgarse el mismo; Que por aplicación del Art. 77, inc. b) de la Carta Orgánica Municipal, corresponde promulgar la misma;

Por ello, en uso de sus facultades legales, la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°.- PROMÚLGASE el Proyecto de Ordenanza N° 192/2025, como ORDENANZA N° 2414/2025.

Art. 2°.- REMITIR copia de la presente al Concejo Deliberante de esta ciudad.

Art. 3°.- CURSAR copia de la presente a Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Asuntos Legales y Modernización; Secretaría de Infraestructura; y Secretaría de GIRSU; para conocimiento y efectos correspondientes.

Art. 4°.- COMUNÍQUESE, INSÉRTESE, ARCHÍVESE.

CPN. BALTASAR LARY

INTENDENTE MUNICIPAL DE ORÁN


Honorable Concejo Deliberante Gral. Martín Miguel de Güemes – Municipalidad de Orán “Héroe de la Nación Argentina” – Hipólito Yrigoyen N° 659 (Ley Provincial N° 389)

Proyecto – Expte. N° 192/2025.-

Autora: Concejal Patricia Honoria Segovia, UNIÓN CÍVICA RADICAL

ORDENANZA – Expte. N° 192/2025.-

VISTO la necesidad de fortalecer la seguridad pública en la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán mediante la implementación de controles en los accesos Norte y Sur de la jurisdicción, con la intervención de personal capacitado de las Secretarías Municipales, en ejercicio de las facultades propias del gobierno local; y

CONSIDERANDO:

QUE el Ejido Municipal constituye el ámbito territorial sobre el cual la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán ejerce su competencia y regula las actividades urbanísticas, de infraestructura, seguridad, higiene y tributación; QUE la determinación de los límites del ejido urbano permite una mejor planificación territorial, garantizando el desarrollo ordenado de la ciudad y la correcta prestación de servicios a los vecinos; QUE es atribución del Concejo Deliberante establecer y modificar el ejido urbano, en función del crecimiento poblacional, el ordenamiento territorial y la implementación de políticas públicas de control y seguridad; QUE resulta necesario delimitar con precisión el ejido urbano de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, a fin de optimizar la gestión administrativa, el ordenamiento territorial y la implementación de políticas de seguridad en los accesos estratégicos;

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, ORDENA:

ART. 1°: Fijar el ejido urbano que se define como el área delimitada de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, el que quedará comprendido dentro de los siguientes puntos y líneas:

  • Oeste: El límite Oeste del ejido comienza en el Río Blanco en la coordenada 23°05'28"S 64°20'27"W. Desde este punto, el límite se extiende hacia el Sur hasta la coordenada 23°09'28"S 64°21'18"W. Desde esta última coordenada, el límite continúa en línea recta hasta la rotonda de acceso Sur de la Ruta Nacional 50.
  • Sur: Desde la rotonda de acceso Sur de la Ruta Nacional 50, el límite Sur sigue la traza de la Ruta Nacional 50 hacia el Este hasta su intersección con el límite del Municipio de Hipólito Yrigoyen. Desde este punto, el límite continúa hacia el Este hasta alcanzar el límite este del catastro N° 25002.
  • Este: Desde la intersección del límite de Hipólito Yrigoyen y el borde Este del catastro N° 25002, el límite Este se extiende hacia el Norte. Sigue el límite Este del lote N° 7828, luego el límite Este del catastro N° 17769, y finalmente el límite Este del catastro N° 17526 hasta su intersección con el Río Blanco.
  • Norte: El límite Norte del ejido está definido por el curso del Río Blanco.

ART. 2°: Establécese que la delimitación del ejido urbano tiene como finalidad optimizar la planificación territorial, el ordenamiento urbano y la implementación de políticas de seguridad en los accesos de la ciudad, sin perjuicio de las competencias y obligaciones que le corresponden al Municipio en materia de servicios públicos e infraestructura.

ART. 3°: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a la elaboración de un plano oficial con las delimitaciones del nuevo ejido urbano que se registrará una vez sancionada la Ordenanza.

ART. 4°: Cúrsese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal y a los medios de comunicación locales, a efectos de su difusión y conocimiento por parte de la comunidad.

ART. 5°: Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ing. CARLOS SUÁREZ

PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante de Orán