Publicado el 18 septiembre, 2007
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- ACEPTAR LA DONACIÓN de superficie de mayor extensión correspondiente al inmueble identificado con los siguientes datos catastrales: Matrícula 23.755 – Manzana 22ª – 45ª y 46 y Matrícula 3.420 – Manzana 22b y 45b – 21 y 44 – Sección 1ra. de esta ciudad, con destino a calles, pasajes, ochavas y espacios verdes, y que totaliza 14.973 m2.- Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.479/2007: Promulgada por Resolución Nº 2.776/2007 de fecha 14/03/2007.- ANTONIO R. HUCENA DR. SERGIO L. VELEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretario General Intendente Municipal
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- ACEPTAR LA DONACIÓN de superficie de mayor extensión correspondiente al inmueble identificado con los siguientes datos catastrales: Matrícula 227 – Manzana 4 – 51 – 62 y 64 – Parcela 1 – Sección 1ra. de esta ciudad, con destino a ochavas, y que totaliza 25,00 m2.- Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.480/2007: Promulgada por Resolución Nº 2.781/2007 de fecha 15/03/2007.- ANTONIO R. HUCENA DR. SERGIO L. VELEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretario General Intendente Municipal
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a vender al Sr. Miguel Aniceto Santillan, D.N.I. Nº 16.970.773, el inmueble individualizado como Lote 5, Manzana 74, Sección 6ta., Catastro 8.532 de esta ciudad, en la suma de $ 11.000 (Pesos Once Mil).- Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.481/2007: Promulgada por Resolución Nº 2.820/2007 de fecha 23/03/2007.- ANTONIO R. HUCENA DR. SERGIO L. VELEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretario General Intendente Municipal
VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 2.828/2007 de fecha 29/03/2007.-
VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 2.888/2007 de fecha 23/04/2007.-
VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 2.898/2007 de fecha 25/04/2007.-
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- Créase el “REGISTRO UNICO DE ANTECEDENTES Y REINCIDENCIAS DE INFRACCIONES DE TRANSITO Y ACCIDENTES” de la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán.- Art. 2º.- El Registro mencionado en el Artículo 1º funcionará en el ámbito de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad o en la dependencia que en un futuro la reemplazare.- Art. 3º.- El citado Registro tendrá por finalidad la conformación de una base de datos, completos y actualizados, en la que consten las infracciones cometidas por los conductores con licencia otorgada por la Municipalidad de Orán y los conductores sin licencias.- Art. 4º.- Los datos necesarios para la utilización efectiva y eficiente del Registro serán incorporados mediante la información suministrada por: a) El tribunal de falta Municipal. (en caso de existencia de la misma).- b) Por la Policía de la Provincia a partir de las exposiciones y denuncias realizadas en sede policial por accidentes de tránsito y por las infracciones por ella comprobadas, en caso de alcoholemia, estupefacientes y otras substancias.- c) La Dirección de Tránsito en las exposiciones de accidentes realizadas en sede de dicha Dirección.- d) Los Municipios de la Provincia que se adhieran por convenio al régimen previsto para el Registro.- e) El Registro Nacional de Antecedentes y Reincidencias.- f) Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito.- Art. 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá reglamentar los aspectos vinculados a la organización y funcionamiento del Registro creado por la presente en un plazo no mayor de treinta (30) días.- Art. 6º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Sr. Presidente de la Nación, Unidad Regional Norte Nº 2 Orán, Registro Nacional de Antecedentes y Reincidencias y a todos los medios de comunicación.- Art. 7º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.485/2007: Promulgada por Resolución Nº 2.857/2007 de fecha 12/04/2007.- ANTONIO R. HUCENA DR. SERGIO L. VELEZ ELISEO BARBERA Secretario de Gobierno Secretario General Intendente Municipal
VETADA: por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 2.858/2007 de fecha 12/04/2007.- BUSCAR RESOLUCIÓN
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- Todas las imposiciones de nombre relacionadas con la nomenclatura urbana de los distintos lugares públicos, se regirán de acuerdo a los criterios que se establecen en la presente Ordenanza: I. Las nuevas designaciones para los espacios públicos, pasajes, calles, avenidas, autopistas, espacios verdes, patios de juego, barrios complejos urbanísticos, centros comerciales, culturales (cines, teatros, bibliotecas, museos, etc.) y deportivos (complejos, estadios, canchas, pistas etc.), puentes, canales, viaductos, túneles, aeropuertos, y todo otro espacio público construido o a construirse en el municipio de Orán, se aplicará considerando el siguiente orden de preferencia: a) Lugares que actualmente carezcan de denominación.- b) Casos en que la nomenclatura actual presente duplicaciones. c) Nuevos espacios públicos que se creen como resultado del crecimiento de la ciudad.- d) Lugares donde se presenten dificultades por conformación topográfica o por nuevas remodelaciones urbanas.- II. El cambio de nombres actuales de espacios públicos por nuevas denominaciones se fundará en sólidas razones de naturaleza institucional, histórica y cultural.- Art. 2º.- Los nombres que se impongan a las calles y lugares públicos deberán estar directamente relacionados con el Municipio de Orán, o bien revestir una importancia indiscutida en el orden provincial, nacional o universal. Para el caso de personas, estas deberán haber sido pioneros y/o vecinos que se hayan destacado en forma relevante en beneficio de la comunidad.- También se considerarán aspectos históricos, culturales, geográficos, físicos, fito y zoogeográficos, los que podrán ser sugeridos por los vecinos.- Art. 3º.- En ningún caso deberán designarse calles o lugares públicos con nombres de personas antes de haber transcurrido diez (10) años de su muerte o de haber sucedido los hechos históricos que se trata de honrar.- Tampoco se podrá designar con nombres de autoridades nacionales, provinciales o municipales que hayan ejercido su función por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Ni se deberá erigir estatuas o monumentos de personas vivientes.- Art. 4º.- En todos los casos se simplificará al máximo la designación de los lugares públicos, usando las palabras necesarias para el reconocimiento de la persona o hecho histórico.- Art. 5º.- Previo a la elaboración del dictamen, las Comisiones respectivas deberán contar con el informe de la Dirección de Catastro de la Municipalidad y recabar la información que avale la trayectoria o importancia de personas a honrar o hechos a resaltar.- Art. 6º.- Queda prohibido expresamente la imposición de nombres de sociedades o empresas comerciales o financieras o cualquier otra entidad que a juicio del Concejo Deliberante hiciere presumir finalidades comerciales, electorales o promociones de índole particular. En ningún caso un espacio público auspiciado o apadrinado por un tercero obviará el nombre del lugar en su identificación.- Art. 7º.- Dentro de los sesenta (60) días de promulgada una Ordenanza imponiendo el nombre a un espacio público, el Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá colocar la identificación correspondiente a través de los organismos pertinentes.- Art. 8º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Dirección de la Casa Municipal de la Cultura y a todos los medios de comunicación.- Art. 9º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.487/2007: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.-
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- Insistir en la sanción de la Ordenanza Nº 1.474/06, vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 2.572/06, de conformidad al Art. 81º, segundo párrafo de la Ley Nº 6.571/89.- Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.488/2007: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.-
SE PROMOVIÓ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.-
SE PROMOVIÓ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.-
SE PROMOVIÓ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.-
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- Insistir en la sanción de la Ordenanza Nº 1.482/07, vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución Nº 2.828/07, de conformidad al Art. 81º, segundo párrafo de la Ley Nº 6.571/89.- Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.- DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE. ROBERTO SALAS C.P.N. GUILLERMO E. BUJAD Secretario Administrativo Presidente Concejo Deliberante Ordenanza Nº 1.492/2007: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.-
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES O R D E N A: Art. 1º.- Prohibir el estacionamiento en calle San Martín, desde López y Planes hasta los primeros 60 mts., pasando la calle Alvarado que se determina al estacionamiento del transporte urbano, los días lunes, miércoles y viernes, una hora antes del inicio de la Feria en el Mercado de Abasto y una hora después de finalizada la misma; como así también la señalización correspondiente en el sector.- Art. 2º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal a la Dirección Municipal de Tránsito, Gerencia del Mercado de Abasto de la ciudad de Orán y medios
