Boletín Oficial

BOLETIN INFORMATIVO MUNICIPAL Nº 35

Publicado el 1 diciembre, 2000

BOLETIN INFORMATIVO MUNICIPAL Nº 35

ORDENANZA Nº 1.135/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Declarar a la calle Lavalle, desde Pueyrredón y toda su extensión sur, "CALLE DE EXPRESIÓN POPULAR", en virtud de las permanentes tareas y actividades que generan los vecinos emplazados en esta arteria en pos de lograr y producir la participación comunitaria, en las celebraciones Patrias y Fiestas de Navidad y Año Nuevo. Art. 2º.- Déjase establecido que la presente no deroga la Ordenanza mediante la cual se imponía el nombre de calle Lavalle, manteniendo ésta su nombre con el agregado de “EXPRESIÓN POPULAR”. Art. 3º.- IMPUTAR a las partidas presupuestarias correspondientes los gastos que demande el mantenimiento permanente del nivelado y del alumbrado público de la calle Lavalle, desde Pueyrredón y toda su extensión sur. Art. 4º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Comisión del Centro Vecinal Barrio Aeroparque, Comisión de Ornamentación y Festejos de calle Lavalle y Medios de Comunicación. Art. 5º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

Arq. MARCELO BERNAD A/C. Presidencia C. Deliberante

Ordenanza Nº 1.135/2.000: Promulgada por Resolución Nº 617/2.000 de fecha 09/11/2.000.

Dr. RAMÓN A. VALOR Secretario de Gobierno

Dra. MARÍA DEL C. NUÑEZ Secretaria General

ELISEO BARBERA Intendente Municipal


ORDENANZA Nº 1.136/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Imponer el nombre de BARRIO PATRÓN COSTAS al conglomerado habitacional comprendido entre las calles Pueyrredón al norte, pasaje Domingo Matheu al este y Ruta Nacional Nº 50 al oeste y al sur de nuestra ciudad. Art. 2º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Centro Vecinal del Bº Patrón Costas y a los medios de comunicación. Art. 3º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

DR. EMILIO F. TULIAN Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.136/2.000: Promulgada por el Art. 81 de la ley 6.571/89.


ORDENANZA Nº 1.137/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Modificar el Art. 15º de la ORDENANZA Nº 1.121/2.000, disponiendo la vigencia por el plazo de 90 (noventa) días, desde la promulgación. Art. 2º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

DR. EMILIO F. TULIAN Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.137/2.000: Promulgada por Resolución Nº 459/2.000 de fecha 22/08/2.000.

Dr. RAMÓN A. VALOR Secretario de Gobierno

Dra. MARÍA DEL C. NUÑEZ Secretaria General

ELISEO BARBERA Intendente Municipal


ORDENANZA Nº 1.138/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los estudios y la construcción en el Campo Municipal de Deportes de lo siguiente: a) Una pileta de 16×25 mts. x1,60 mts. de profundidad destinada a la práctica de deportes de agua. b) Un pozo de extracción de agua y una habitación destinada a cubrir los motores de extracción y circulación del agua. c) Pisos de pavimento en el área de la pileta. d) Vestuarios, duchas y sanitarios para ambos sexos, sala de control de profesores, confitería. Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución de la obra serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes. Art. 3º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Dirección de Deportes, Dirección de Establecimientos Secundarios, Centros Vecinales y a los medios de comunicación. Art. 4º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

DR. EMILIO F. TULIAN Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.138/2.000: Promulgada por Resolución Nº480/2.000 de fecha 04/09/2.000.

Dr. RAMÓN A. VALOR Secretario de Gobierno

Dra. MARÍA DEL C. NUÑEZ Secretaria General

ELISEO BARBERA Intendente Municipal


ORDENANZA Nº 1.139/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, realice un estudio de factibilidad para realizar, en el predio sur de la plazoleta ubicada entre calles Carlos Pellegrini y Cnel. Egües, una FERIA ARTESANAL. Art. 2º.- Se adjunta croquis de la ubicación de la plazoleta y el lugar de la construcción de la FERIA ARTESANAL a consideración del Departamento Ejecutivo Municipal y Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Orán, cuyo recupero se tendría que efectuar por alquiler de los stand a construirse. Art. 4º.- Cursar copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Artesanos de nuestra zona y Comunidad de los cerros, a los medios de comunicación. Art. 5º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

DR. EMILIO F. TULIAN Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.139/2.000: Promulgada por Resolución Nº466/2.000 de fecha 22/08/2.000.

Dr. RAMÓN A. VALOR Secretario de Gobierno

Dra. MARÍA DEL C. NUÑEZ Secretaria General

ELISEO BARBERA Intendente Municipal


ORDENANZA Nº 1.140/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Estímase en la suma de $ 11.204.000,00 el cálculo de los recursos de la administración de la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán para el año 2.000, destinado a atender las erogaciones del Art. 2º de esta Ordenanza de acuerdo con el detalle que figura en la planilla anexa a la presente.

Recursos corrientes…………………………. $ 10.831.000,00 Recursos No Corrientes …………………… $ 373.000,00 TOTAL ……………………………………….. $ 11.204.000,00

Detalle Recursos corrientes ($ 10.831.000,00):

Impuesto ………………………………………….. $ 1.010.000,00 Tasas ………………………………………………. $ 2.176.000,00 Otros ingresos de Jurisdicción municipal …. $ 20.000,00 Tributos de otras Jurisdicciones ……………. $ 7.625.000,00

Recursos No corrientes: …………………………… $ 373.000,00 TOTAL DE RECURSOS: ……………………………. $ 11.204.000,00

Art. 2º.- Estímase en la suma de $ 11.204.000,00 el total de las erogaciones corrientes constituidas por: a) Gastos de funcionamiento …………………………………… $ 6,993.190,00 1.- Personal (s/anexo I) …………………………… $ 5.211.190,00 2.- Bienes de consumo ……………………………. $ 508.000,00 3.- Bienes de Servicio ……………………………… $ 974.000,00 4.- Delegación Municipal …………………………. $ 5.000,00 5.- Comisiones Municipales ……………………… $ 10.000,00 6.- Transferencias sociales ………………………. $ 285.000,00 b) Servicios de la Deuda (Pago Cuota Préstamo)……….. $ 210.810,00 TOTAL DE EROGACIONES CORRIENTES: ………….. $ 7.204.000,00

Art. 3º.- Erogaciones No corrientes por un monto de $ 4.000.000,00 constituidas por: Bienes de Capital ……………………………………….. $ 430.000,00 Trabajos Públicos ………………………………………. $ 3.570.000,00 TOTAL DE EROGACIONES: …………………………….. $ 11.204.000,00

Art. 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas especificas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas en leyes, ordenanzas y convenios con vigencia en el ámbito municipal, como asimismo por la incorporación de partidas correspondientes a obras o servicios financiados por usuarios y/o contribución de mejoras. Dicha autorización también resulta válida para la incorporación de partidas correspondientes a aportes nacionales o de otros orígenes que reciba el Municipio.

Facúltase a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o fuentes financieras, como así también los ingresos que se perciban en concepto de recursos y/o fuentes financieras no previstas en el presente, procediendo a ampliar en iguales montos las partidas de gastos y/o aplicaciones financieras que correspondan.

Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar compensaciones entre partidas especificas corrientes entre sí y No corrientes entre sí.

Se establece que las partidas de las obras presupuestadas en el punto 02 del Plan de Obras en lo referente a Ampliación Red de Agua Corriente, en el apartado Nº 04 Barrio Aeroparque que ya se encuentran realizadas a saber: calle E. Arias (e) Aconquija e Iguazú (una cuadra); calle Corrientes (e) Lavalle y Avda. Los Constituyentes (una cuadra) y en el punto Nº 05 Barrio Los Constituyentes, calle Segundo Sombra (e) Italia y Perito Moreno (una cuadra); las mismas deberán ser trasladadas para la realización de obras en otras arterias que carezcan de la provisión del líquido elemento en la misma cantidad de cuadras especificadas precedentemente.

Art. 5º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

DR. EMILIO F. TULIAN Presidente Concejo Deliberante

Ordenanza Nº 1.140/2.000: Promulgada por Resolución Nº 463/2.000 de fecha 24/08/2.000.

Dr. RAMÓN A. VALOR Secretario de Gobierno

Dra. MARÍA DEL C. NUÑEZ Secretaria General

ELISEO BARBERA Intendente Municipal


ORDENANZA Nº 1.141/2.000

El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

O R D E N A

Art. 1º.- Toda actividad comercial y/o industrial y/o de servicios que autorice la Municipalidad de Orán, lo será por el término de un año, contando a partir de su habilitación. Art. 2º.- La renovación anual se hará previa inspección de la Dirección de Bromatología y Control para determinar las condiciones de salubridad, higiene, etc. y por la Dirección de Obras Privadas para verificar la seguridad edilicia. Solo con dictamen favorable de ambas inspecciones podrá otorgarse la renovación. Art. 3º.- Todo comercio con habilitación vencida, será inmediatamente clausurado. Art. 4º.- A los fines de la adecuación de las habilitaciones existentes, establécese los siguientes vencimientos, a cuya fecha los interesados deberán solicitar la renovación a los efectos establecidos en la presente Ordenanza: Padrón Nº 000001 al 1.159 el día 01-VII-2.000 – 1.160 al 2.319 el día 01-XIII-2.000 – 2.320 al 3.479 el día 01-IX-2.000 – 3.480 al 4.638 el día 01-X-2.000. En estos supuestos y a los fines establecidos en el Art. 2º de la presente Ordenanza, se admitirán planes de pago cuyo plazo no excederá de 12 meses. Art. 5º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un reempadronamiento de contribuyentes de Actividades Varias a fin de depurar el padrón existente. Art. 6º.- Comuníquese. Publíquese. Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES, EN LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.

ROBERTO SALAS Secretario Administrativo

DR. EMIL